CONTRATOS PARA LA FORMACION Y EL APRENDIZAJE

La formación recibida por el trabajador conducirá a la obtención de reconocimiento oficial a través de certificación de profesionalidad
Contratos para la formación y el aprendizaje

Objeto: La cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa.
Duración: Mínimo 1 año, máximo 3
Perfil demandantes: Trabajadores de 16 a 30 años
Títulación: La formación recibida por el trabajador conducirá a la obtención de reconocimiento oficial a través de certificación de profesionalidad
Bonificación: del 100% de la formación teórica
Reducción: del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
986 377 779

VENTAJAS

EDAD DE LOS TRABAJADORES

Para trabajadores mayores de 16 y menores de 30 años.

DURACIÓN

Período mínimo de un año prorrogable hasta tres.

FORMACIÓN REGLADA OFICIAL

Con actividad formativa vinculada al puesto de trabajo desarrollado y durante la jornada laboral, vinculada a certificados de profesionalidad reconocida por el SEPE y Comunidades Autónomas, con validez a nivel europeo


VENTAJAS PARA LA EMPRESA

  • SALARIO. En proporción al tiempo de trabajo efectivo, según lo acordado en convenio colectivo.
  • COSTE CERO. 100% bonificado en cuotas a la Seguridad Social de la empresa y el trabajador, cuando se trate de trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo, en empresas de 250 trabajadores máximo. Reducción del 75% en empresas de más de 250 trabajadores.. Bonificable el coste de la formación teórica.
  • Incentivos por transformación del contrato. Por la transformación de un contrato para la formación en indefinido en las cuotas empresariales de 1.500 euros anuales en caso de contratar hombres y 1.800 por la contratación de mujeres durante 3 años
  • No existe un límite de contratos por empresa.
  • El autónomo puede contratar a su hijo y beneficiarse de las bonificaciones y reducciones.
  • Además, puede aplicar una bonificación adicional por las labores de tutorización de empresa con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno. En el supuesto de empresas de menos de cinco trabajadores la bonificación adicional tendrá una cuantía máxima de 2 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno.
  • Esta modalidad de contrato NO exige mantenimiento del nivel de empleo alcanzado con la contratación.
  • En caso de tener que despedir al trabajador, esta modalidad NO EXIGE la devolución de los beneficios aplicados en Seguridad Social o bonificación de la formación. Siempre y cuando el empresario respete las obligaciones del contrato.

EJEMPLOS DE AHORRO

TIPO DE CONTRATO Formación Obra o servicio
SEGUROS SOCIALES 0 € 470,96 €
SALARIO BASE 649,29 € 1.078,52 €
TOTAL GASTOS 649,29 € 1.549,48 €
DIFERENCIA 900,19 €
% DE DIFERENCIA

-58,09 %

 

VENTAJAS PARA EL TRABAJADOR

  • Prestación por desempleo.
  • Cobertura total de la Seguridad Social y cobertura del Fondo de Garantía Salarial.
  • Formación reglada acorde a la capacitación profesional con titulación expedida por el Ministerio de Empleo. La formación profesional adquirida por el trabajador en el marco de un contrato de trabajo para la formación y aprendizaje, será conducente a la adquisición del certificado de profesionalidad correspondiente a la actividad realizada.
  • Facilita su incorporación al mercado laboral. Se adquieren competencias y destrezas profesionales, conocimientos teóricos, aprendiendo a hacer: trabajando, y reforzando la práctica profesional con actividades formativas

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